Se fuga de un control en Lanzarote y circula en sentido contrario sin carné y drogado

Se fuga de un control en Lanzarote y circula en sentido contrario sin carné y drogado

La Guardia Civil ha investigado en Lanzarote a un hombre de 32 años que se dio a la fuga de un control de tráfico en la LZ-1, entre Arrecife y Órzola, y en cuya veloz huida puso en riesgo a su paso por Teguise a varios vehículos, entre ellos una guagua de línea regular, al ir en sentido contrario careciendo de carné y dando positivo en cannabis y cocaína.

Los hechos, de los que ha informado este lunes el instituto armado en un comunicado, ocurrieron el pasado 29 de enero y el investigado está acusado de supuestos delitos contra la seguridad vial, ya que aceleró para evadir el alto que le dieron los agentes que realizaban el control de tráfico.

Esta conducta motivó una persecución en la que se comprobó que el conductor huido circuló en sentido contrario al estipulado, tomando incluso una glorieta por el lado izquierdo, lo que ocasionó a otros a realizar bruscas maniobras evasivas para no colisionar con él, lo que puso en grave peligro la vida de las personas que circulaban en sentido contrario al conductor temerario.

Tras ser alcanzado e identificado, los agentes confirmaron que carecía de cualquier tipo de permiso de conducción por no haberlo obtenido nunca y que dio positivo en cannabis y cocaína en las pruebas de verificación que se le practicaron, por lo que remitieron al juzgado de guardia estas diligencias.

La Guardia Civil recuerda que conforme a lo establecido en el vigente Código Penal, el delito de conducción temeraria está sancionado con una pena de prisión de seis meses a dos años y a la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un tiempo superior a uno y hasta seis años.

Además, el artículo 384 castiga la acción de conducir un vehículo de motor o ciclomotor sin permiso de conducción, por pérdida de vigencia por haber perdido todos los puntos, por no haberlo obtenido nunca o por haber sido privado de él por decisión judicial, con pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. EFE